Siguiendo con la entrada
anterior, reflexionamos ahora sobre la importancia de la inclusión frente a la
integración, así como sus diferencias. Antes de comenzar, vamos a
repasar qué defiende la actual ley de educación LOE en cuanto a la equidad
hacia el alumnado:
TITULO II
EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
CAPÍTULO I –
ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO
1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios
necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal,
intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con
carácter general en la presente Ley.
2. Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los
recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención
educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas
especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas
capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo,
o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades
personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general
para todo el alumnado.
3. Las Administraciones
educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar
tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a
las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en
que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.
4. Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la
escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en
las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de
este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para
que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento
individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la
educación de sus hijos.
De este modo, la LOE defiende la inclusión frente a la
integración ya que no nombra este último término. ¿Sabemos realmente la
diferencia entre ambas en el ámbito de la educación?
Integración: es aceptar y respetar las diferencias de
las personas que ocupan un aula ya sea por etnia, discapacidad, género…
Inclusión: trata de hacer participar en el
aprendizaje a todas las personas que ocupan un mismo espacio superando las
barreras que les obstaculizan. Se atiende a la diversidad como riqueza dentro
del aula y es el centro el que se adapta a todos los alumnos y no al contrario.
A nuestro criterio, la inclusión
requiere una gran implicación por parte del docente y el apoyo del orientador/a.
Lo cierto es que conlleva un esfuerzo tanto por el profesor de la materia como
para los alumnos por el hecho de aprender a respetar las diferencias de todas
las personas y tratarles por igual.
Por otro lado, admitimos que aún
queda mucho por hacer respecto a este tema ¿cuántas veces hemos visto alumnos
en clase que no siguen el mismo ritmo de trabajo por tener una discapacidad, no
entender bien el idioma o cualquier otro problema? En estos casos solo existe
integración ya que hay diversidad en clase y se respeta, pero estos alumnos no
son incluidos en las actividades y por tanto no estarán completamente insertos
en la sociedad. Es una triste realidad
que tenemos la esperanza de mejorar en un futuro no lejano con la práctica
diaria.
